El Tribunal Supremo ha dictaminado a favor
de la demanda presentada por la Federación Española de
Familias Numerosas (FEFN), que impugnó el Reglamento de la Ley de Familias
Numerosas por considerar que éste era contrario a la Ley que desarrollaba,
en parte de su articulado.
Uno de los recortes más evidentes y “sangrantes”
que motivó la demanda, era el relativo a las bonificaciones
en materia de transporte por carretera y por ferrocarril, donde el
Reglamento establecía que no eran acumulables, cuando la ley
específicamente indica lo contrario, que “tienen la naturaleza de
mínimos y serán compatibles o acumulables con cualesquiera otros que, por
cualquier causa, disfruten los miembros de las familias numerosas”. De
esta forma, las empresas que prestan servicio de transporte terrestre
de viajeros, tendrán la obligación de sumar al descuento
que le corresponda a una familia numerosa, cualquier otro descuento que beneficie
al resto de ciudadanos, ya que, de lo contrario, podrán ser demandadas
por incumplimiento de la ley.
Materia
educativa
En materia educativa, el Supremo también ha
declarado nulo un inciso del punto 2 del artículo 7 del Reglamento
de Familias Numerosas, que, al establecer el derecho de preferencia de estas familias en
el acceso a becas y ayudas, especificaba “destinadas a alumnos
matriculados en centros sostenidos con fondos públicos”. El TS considera
que “no procede hacer distinción de acuerdo a la
titularidad de los centros, para aplicar el derecho de preferencia establecido en
la Ley”, sino que debe entenderse de aplicación en todos los centros
educativos (públicos, privados y concertados).
Nos encontramos ante una sentencia que puede
calificarse de histórica, ya que el TS viene a
restablecer nuestros derechos que habían sido reconocidos por la Ley
de Familias Numerosas de 2003 y que, sin embargo, el
Reglamento de la Ley, aprobado dos años más tarde
para desarrollar la norma, recortaba en varios aspectos. Se trata una sentencia
que sienta un precedente y será un referente muy claro en otros
recursos administrativos que puedan plantearse.